Jornada de Reflexión Educativa. Adhesión: Universidad Popular de las Madres de Plaza de Mayo


UNIVERSIDAD POPULAR MADRES DE PLAZA DE MAYO
2000 – 6 de abril – 2010 Diez Años de Lucha y Resistencia
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 18 de marzo de 2009
Estimadas Compañeras de Crecer Juntos:
Las primeras palabras de esta comunicación a distancia son para agradecerles el habernos tenido en cuenta para acompañar este momento de encuentro, balance, reflexión y trazado de nuevas metas a cumplir.
Investigación: Capítulo 1
El principio de gratuidad
La Ley N°26.206 de Educación Nacional, promulgada el 27 de Diciembre de 2006, en sus artículos 4 y 11, establece la gratuidad de la educación de gestión estatal para todos los habitantes de la Nación, en consonancia con lo establecido por la Constitución Argentina de 1994 (Art. 75 – 19 Corresponde al congreso garantizar “los principios de gratuidad y equidad de la educación publica estatal”).
Artículo 4º — El Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho, con la participación de las organizaciones sociales y las familias.
Artículo 11º — Los fines y objetivos de la política educativa nacional son: h) Garantizar a todos/as el acceso y las condiciones para la permanencia y el egreso de los diferentes niveles del sistema educativo, asegurando la gratuidad de los servicios de gestión estatal, en todos los niveles y modalidades.
A su vez, la Constitución Provincial del gobierno de Tucumán de 2006, en su artículo 5, establece la responsabilidad indelegable del Estado como garante de la educación pública y gratuita.
Artículo 5º — El Estado garantizará la educación pública y gratuita, con trece años de escolaridad obligatoria. Por último, la gratuidad de la educación es un principio establecido internacionalmente que se encuentra en la casi totalidad de los textos que se refieren a la educación:
a) Declaración Universal de los derechos humanos de 1948 (Artículo 26: Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria).
b) Convención contra la discriminación en la educación, (UNESCO) 1960 (Artículo 4 : Los Estados Partes en la presente Convención se comprometen (…) a hacer obligatoria y gratuita la enseñanza primaria).
c) Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 1966 (Artículo 13-2. La enseñanza primaria debe ser obligatoria y asequible a todos gratuitamente).
d) Convención internacional de los derechos del niño 1989 (Articulo 28 a) Implantar la enseñanza primaria obligatoria y gratuita para todos).
e) Marco de acción de Dakar (UNESCO, 2000) (Objetivo 2: velar para que, de aquí a 2015, los niños -y sobre todo las niñas-, que se encuentran en situaciones difíciles y los que pertenezcan a minorías étnicas tengan acceso a una enseñanza primaria gratuita y obligatoria, de buena calidad y la terminen. EPT, Dakar, UNESCO, 2000).
La gratuidad en la educación es un símbolo clave de la democratización de una sociedad y está estrechamente ligada a la obligatoriedad. La escuela de gestión pública es gratuita precisamente para garantizar que se cumpla con su obligatoriedad.
Sin embargo, esta proclamada gratuidad de la educación establecida en la legislación carece en muchos casos de impacto social real y dista mucho de garantizar el fin que persigue, esto es: que todos los ciudadanos tengan garantizados el ingreso, la permanencia y la terminalidad de sus estudios dentro del sistema de educación formal, con las consecuencias nefastas que esto conlleva tanto para el presente como para el futuro de nuestros niños, adolescentes y jóvenes y de nuestro tejido social.
Las Naciones Unidas, a través de su relatora especial Katarina Tomaševski (Los derechos económicos, sociales y culturales: el derecho a la educación, Informe presentado por Katarina Tomasevski, Relatora Especial sobre el derecho a la educación, Naciones Unidas, Consejo Económico y social, E/CN.4/2004/45, 25 de enero de 2004, p.11.), señalan: “es notorio que, hoy en día, la educación no es ni gratuita ni obligatoria para muchos niños del mundo”. Tomaševki sostiene que, “el concepto de gratuidad no puede ser reducido a la eliminación de cobros de matrícula, sino que implica el desarrollo de una estrategia que garantice a todos los niños y las niñas la disponibilidad de materiales de estudio, uniformes, transporte y alimentación escolar”.
El principio de gratuidad pareciera no presentar mayores dificultades entre los actores sociales entrevistados, pero cuando se trata de establecer su alcance y criterios los acuerdos y pactos sociales se desdibujan: ¿Hasta qué edad la educación debe ser gratuita? ¿La gratuidad debe cubrir sólo los gastos de matrícula? ¿También los gastos de útiles, uniforme y transporte escolar?
Es importante incorporar al análisis el contexto económico argentino y el ingreso económico de las familias en las zonas observadas. La mayoría de las familias entrevistadas viven en un rango de ingreso que va desde los 200 hasta los 800 pesos, dependiendo de los planes, los trabajos temporarios, y otras variables del núcleo familiar. El gobierno argentino establecía en el momento que se realizó este trabajo que una familia tipo debía reunir 982 pesos (245 euros aprox.) para superar la pobreza, según el INDEC. Una cifra que para los economistas privados en realidad alcanzaba a los 1300 pesos (325 euros aprox.) Y, según el gobierno, para superar la indigencia debían tener un ingreso de 455,57 pesos (113 euros).
La investigación coincidió (marzo y abril de 2008) con el paro agropecuario y el desabastecimiento de alimentos, lo que generó un aumento de precios en la canasta familiar.
Pero según el INDEC, el índice de precios al consumidor (IPC) creció durante marzo un 1,1 por ciento, menos de un tercio de lo que estimaron los analistas. Los alimentos, según la visión oficialista, subían sólo un 1,1 por ciento y acumulaban un 3 por ciento desde diciembre.
El único rubro donde se admitió un encarecimiento generalizado fue en la educación, que trepó un 7,6 por ciento. Pero la mayor parte respondió a los servicios y no a los útiles, donde el alza sólo fue del 1,9 por ciento contra febrero. Respecto del inicio de clases de 2007, el INDEC reconoció un incremento de la canasta escolar del 15 por ciento. Para el Centro de Educación al Consumidor (CEC), el aumento fue del 40 por ciento (Más información del contexto económico en el mes de abril en los siguientes links: http://criticadigital.com/impresa/index.php?secc=nota&nid=2577 — http://www.pagina12.com.ar/diario/economia/2-102261-2008-04-11.html — http://www.clarin.com/diario/2008/04/11/elpais/p-00301.htm — http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1003274&high=indec).
Según un documento del Instituto de Estudios y Formación de la Central de los Trabajadores Argentinos (CTA) publicado en el mes de febrero (Se puede consultar el informe de la CTA en el siguiente link: http://www.institutocta.org.ar/spip.php?article325), la canasta familiar para una familia tipo con dos hijos en edad escolar ascendería a casi 3000 pesos (750 euros aprox.) y el salario mínimo, que oficialmente estaba establecido en 840 pesos (220 euros aprox.), debiera ser de 1436 pesos (360 euros aprox.). Según el diario Clarín, la canasta escolar “incluye 18 artículos para vestir y equipar con útiles básicos la mochila de un chico que cursará primer grado en una escuela pública. Este año hay que gastar $ 265,34: $ 51,65 más que en 2007 ” (El clarín, 8 de febrero 2008. http://www.clarin.com/diario/2008/02/10/sociedad/s-03615.htm).
A continuación se analiza y contrasta en el terreno, zona observada de San Miguel de Tucumán, lo que está ocurriendo con el principio de gratuidad a partir de las voces de las madres y los jóvenes entrevistados.
Las Voces del barrio
La mayoría de los jóvenes entrevistados van a la escuela pública, que según la Ley de Educación Nacional debe ser, entre otras cosas, gratuita.
Aquí la escuela es gratuita, solamente tienes que pagar el seguro y la cooperadora.
Berta, 16 años, Barrio Aguas Corrientes, escuela pública
Las madres entrevistadas manifestaron, igual que sus hijos, que la educación pública se paga y que en Tucumán hay dos gastos directos que se deben abonar para inscribir a los hijos: el seguro y la cooperadora.
Es difícil para mí inscribir a los niños porque yo soy sola y tengo el Plan que me paga 250 pesos (62 euros aprox.). Uno de mis hijos va a la escuela pública y pagué 20 pesos. El otro va a la EGB Nº3 Polimodal, una privada, y allí pagué 50 pesos de inscripción y 10 pesos mensuales. Pero además te piden uniforme y zapatos para los chicos. Todo ahora está muy caro, pero uno se rebusca. Yo vendo cartón y botellas y así sobrevivo con los chicos. La inscripción en la escuela se paga y si no no te aceptan al chico en la escuela. Antes nos daban modos de pago, ahora no. Hay varios chicos que quedan afuera por no pagar. Hay padres que no cobran Plan. Pero la mayoría de las madres del barrio sí que lo cobramos y nos tenemos que estirar, pero no alcanza.
Gladys, 30 años, del Barrio de la Bombilla, tiene un hijo en la escuela pública y otro en la escuela privada.
La cooperadora es una asociación de padres que voluntariamente dan una cuota mensual con el objetivo de mejorar la escuela, promoviendo la incorporación de los medios que contribuyan al progreso de la calidad de la enseñanza, como así también las prestaciones y servicios de ayuda escolar. El dinero recaudado puede ser utilizado para el mantenimiento del edificio escolar, la compra de útiles escolares, entre otras cosas. También, en algunos casos, ese dinero se utiliza para pagar sueldos de profesores que realizan actividades extraescolares como: música, talleres, computación, etc.
En las entrevistas no se profundizó el debate sobre la utilidad o el rol de las cooperadoras, pero sí muchos directivos escolares manifestaron que es una institución esencial dentro de la escuela, ya que asume gastos que son responsabilidad del Estado. Las cooperadoras hacen posible que algunas escuelas obtengan y administren fondos provenientes de los padres, fondos que debieran ser suministrados por el Estado. Algunas escuelas públicas dependen del aporte económico directo de las familias. Según la UNESCO, “el hecho que la provisión pública tienda a ser muy limitada y casi en exclusividad concentrada en salarios, lleva a que otros gastos corrientes o incluso de inversión dependan del aporte que las familias pueden hacer” (Informe Regional de Revisión y Evaluación del progreso de América Latina y el Caribe hacia la Educación para Todos en el marco del Proyecto Regional de Educación (EPT/PRELAC), UNESCO, Santiago -2007. p.96.)
El pago de la cooperadora plantea un problema de difícil resolución en la zona observada. Está prohibido por ley cobrar al estudiante una cuota para la cooperadora. El desembolso de la misma es de carácter absolutamente voluntario. La contradicción se plantea cuando el dinero que debe asegurar el Estado por ley para que se haga efectivo el principio de gratuidad escolar no llega a las instituciones educativas y éstas deben procurar obtener esos fondos a través de otros recursos para garantizar su funcionamiento. Un funcionamiento que con el cobro de la matrícula y el seguro escolar entra en contradicción con la ley de educación, ya que no está asegurando la gratuidad, la calidad y la inclusión que quiere proteger y defender.
Las Voces de los directores de escuelas, sindicatos docentes e instituciones.
La Escuela Santillán acoge a muchos de los niños que hemos entrevistado. La directora Delfina Ramírez de Aguirre, directora de la Escuela Santillán nos recibió en su oficina, una sala pequeña que comparte con dos personas y en la cual apenas podíamos escucharnos por el ruido del recreo. La directora tiene muy clara la normativa y también constata que en Tucumán la escuela pública no es gratuita.
¿No es una contradicción que los niños deban pagar 8 pesos cuando la Constitución Argentina dice que la escuela pública es gratuita y obligatoria?
La escuela no es gratuita. No es gratuita porque el padre debe comprarle útiles, debe comprarle el delantal. El guardapolvo es la cobertura para igualar a todos, que es lo que dice la Ley 1420. Pero hay alumnos que vienen sin guardapolvo, vienen sin la cobertura y tenemos trabajo record en los CAPS (Centros de Atención Primaria de la Salud), se hace un montón de asistencialismo, pero el Estado sigue ausente en esto. Hace unos años, al menos, el Estado regalaba unas zapatillas. Ahora no.
La vicedirectora de la escuela Doctor Salustiano Zavalía, Marta Leticia Pérez, afirma que el seguro escolar es obligatorio y la cooperadora optativa.
Nuestra escuela es pública. Yo estoy cobrando el seguro escolar que es obligatorio para los chicos, por cualquier accidente. Ellos pagan 8 pesos al año. También cobramos cooperadora, pero eso es optativo, paga el que puede y son 2 pesos mensuales. Ese dinero es para los arreglos de la escuela.
César Zelarayán, Secretario General de la Agremiación Tucumán de Educadores Provinciales (ATEP) reafirma el principio de la gratuidad, la importancia del seguro y las dificultades de las familias para pagarlo; y sostiene que la educación no sólo es estar delante de la maestra, sino también tener las zapatillas, útiles y libros para ir a estudiar. Y asegura que hay escuelas que tienen como padrinos a importantes empresas que las proveen de recursos materiales.
Stella Maldonado, Secretaria de Educación y Estadística de CETERA (Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina) también insiste sobre la gratuidad en la escuela pública y en que los padres tienen el amparo de la ley para reclamar tal derecho. Y que por Ley está prohibido “cobrar absolutamente nada”.
Voces del gobierno
Según la ley (Ley N°24.830, Articulo 2º-Modifica el artículo 1117 de Código Civil – 1997) son “Los establecimientos educativos (quienes) deberán contratar un seguro de responsabilidad civil. A tales efectos, las autoridades jurisdiccionales dispondrán las medidas para el cumplimiento de la obligación precedente”. Se entiende que el seguro de responsabilidad civil es obligatorio y que son las autoridades jurisdiccionales las que deben implementarlo. Y según la circular Nº24.830 del Ministerio de Educación de San Miguel de Tucumán (Circular n°01/08, Ministerio de Educación, Dirección de Educación Inicial, San Miguel de Tucumán, Febrero de 2008), “se advierte que no corresponde el cobro de ningún tipo de arancel en concepto de matrícula para el nivel inicial en los establecimientos escolares de gestión Estatal. Todos los niños de los establecimientos de gestión estatal y privada deberán ser asegurados en los organismos correspondientes, según normas establecidas”.
Sin embargo, el seguro se debe pagar tal como se lee en el Web del Instituto de Previsión y Seguridad social de Tucumán (IPSST) (Más información en: http://www.ipsst.gov.ar/as/index.htm): “La Cobertura del Seguro Escolar contra Accidentes para el Período Lectivo 2008 consiste en una Cuota Prima única y total de 8 pesos, para todos los niveles educativos desde Preescolar hasta Terciarios”. Además, establece que sólo accederán a ese servicio los alumnos que concurren a los distintos establecimientos escolares que dependan directa o indirectamente del Ministerio de Educación de la Provincia.
El pago de los 8 pesos que establece el IPSST es una verdadera contravención a la Ley de Educación Nacional Argentina, que señala que la educación es gratuita y no menciona ningún pago único ni que el seguro deba pagarse aparte.
En 2008, el IPSST dio cobertura de seguros a 236.000 alumnos de 900 escuelas de la provincia. En otras palabras, los hijos de las familias tucumanas que concurren a las escuelas estatales, supuestamente gratuitas, pagaron 1.888.000 pesos (472.000 euros aprox.) en concepto de seguro escolar.
La Ministra de Educación de Tucumán, Silvia Rojkés de Temkin, reconoce que hay escuelas que no están inscribiendo a los niños si no pagan la cooperadora y que hay directoras que no quieren entregar los boletines de calificaciones si no están al día con las cuotas. Rojkés señaló también que el seguro escolar es obligatorio y destaca la importancia de las organizaciones de padres.
Pregunta: Mucha gente de la zona que observamos tiene que pagar una matrícula, una cuota a la cooperadora y un seguro para ingresar a la escuela.
Ministra: Un seguro, sí. Todos.
Pregunta: Sí, pero también deben pagar la cooperadora. Pero no es obligatorio. Exacto, pero el problema es que muchas madres nos contaron que si no pagan la cooperadora la escuela no acepta a sus hijos. La ley establece que no es obligatorio el pago de la cooperadora, pero la realidad es otra.
Ministra: Es verdad. Ahora se les ha puesto en la cabeza a las directoras que los chicos tienen que ir de zapatos. Están locas, así de simple, no deben ir de zapatos. Tienen que ir con lo que tienen. Porque yo no puedo hacer que para ingresar a la escuela tengan que tener zapatos o zapatillas. Justamente estamos por comunicar en todos los medios de comunicación que no quiero ni el pantalón azul ni la camisa blanca, quiero el delantal blanco para todo el mundo. Es lo más fácil, es lo más barato, lo que mejor se lava. Y además, es lo que les identifica a ellos como educandos. Pero es una cuestión cultural y es durísima de cambiar. Es todo un tema las cooperadoras, hasta el gobernador se cansó de decirles, no solamente la Ministra, ni yo, ni la anterior. El gobernador les dice, “el chico que no pague la matrícula debe ir a la escuela y tiene derecho a que le entreguen su boletín”. Porque hay directoras que tampoco quieren entregar la certificación de notas si no pagan el peso o lo que fuera. La escuela pública es gratis.
Pregunta: ¿Qué pude hacer una familia si la directora de la escuela no inscribe al niño porque no tienen dinero para pagar la cuota de la matrícula?¿Hay algún recurso?
Ministra: Sí, que avisen acá. Tienen que avisar al Secretario de Educación o al Ministerio de Educación y nosotros hablamos directamente con la directora.
Propuestas para el Debate
- Se exige que el Gobierno se haga cargo del seguro escolar, como es el caso de otras provincias argentinas.
- Se exige que las cooperadoras cumplan un rol exclusivamente ligado a la gestión educativa, eliminando su función de financiamiento de la educación, cuestión de la que se hará cargo exclusivamente el Estado.
- Se exige la entrega de una canasta escolar (útiles, guardapolvo, materiales de lectura) a cada alumno de las escuelas públicas.
- Se exige la emisión, a cada alumno de las escuelas públicas, de un certificado que le permita transportarse de su hogar a la escuela y de la escuela a su hogar de manera totalmente gratuita.
- Se exige que el Estado garantice escuelas con jornadas extendidas (doble jornada), sobre todo en los sectores de alta vulnerabilidad social.
- Universalizar las salas de 3, 4 y 5 años, en especial en los sectores de menos recursos.
- Abrir un debate auténtico donde se recupere el aporte de los múltiples actores en función de definir una Ley Provincial de Educación que reconozca el Derecho a la Educación de los/as ciudadanos/as.

























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